Si eres familiar de un ciudadano o ciudadana de la Unión Europea y vas a residir en España por un periodo superior a tres meses, entonces debes solicitar un documento acreditativo:
Requisitos generales

Ser trabajador o trabajadora por cuenta ajena en España.

Ser trabajador o trabajadora por cuenta propia en España.

Disponer para sí y los miembros de su familia de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
Además, debe tener el siguiente parentesco con el ciudadano/a de la Unión:

Si es familiar de estudiante podrá ser:
Cónyuge, Pareja con acreditación de convivencia, Hijo o hija del ciudadano o ciudadana de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada, cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia esté a cargo del ciudadano o ciudadana de la Unión o viva con él o ella, cualquier miembro de la familia cuya situación, por motivos graves de salud o discapacidad, haga estrictamente necesario que el ciudadano o ciudadana de la Unión se ocupe de su cuidado personal.

En los demás supuestos podrá ser:
Cónyuge, pareja inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la UE o en un Estado parte del EEE, Hijo o hija directa, ascendiente directo , cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia esté a cargo del ciudadano o ciudadana de la Unión, entre otros.